Contenido actualizado el 21/04/2021

Concesión de Servicios Públicos

El 9 de marzo de 2018 entró en vigor la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (la «LCSP»), en virtud de la cual se traspone, entre otras, la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión, introduciendo importantes novedades en el ámbito de los contratos de concesión, tales como la supresión de la figura del contrato de gestión de servicio público y la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico, en su sustitución, del novedoso contrato de concesión de servicios.

De esta forma, el contrato de concesión se subdivide en dos tipos contractuales, la concesión de obras y la concesión de servicios, cuyo denominador común radica en la necesidad de transferir el riesgo operacional al concesionario.

Conforme al Art. 30 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información sobre los servicios públicos concedidos por la misma y por los organismos públicos y entidades públicas vinculadas o dependientes.

Gestur Canarias, S.A. actualmente no tiene formalizado ningún contrato de concesión con ninguna administración pública.